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Planillas Corporativas Anuales

    Planillas Corporativas Anuales

    $708.75
    DESCRIPCIÓN

    Las entidades sin fines de lucro (OSFL) en Puerto Rico están sujetas a una serie de obligaciones fiscales y de presentación de informes. Estas obligaciones incluyen:

    • Planilla Estatal: Declaración de la renta anual ante el Departamento de Hacienda de Puerto Rico.
    • CRIM: Impuesto sobre la propiedad inmueble.
    • Patente Municipal: Impuesto anual que se paga al municipio donde opera la OSFL.
    • Informe Anual: Presentación anual de información actualizada al Departamento de Estado de Puerto Rico.
    • Derecho Anual: Pago anual por mantener la inscripción de la OSFL en el Registro de Corporaciones.

    Planilla Estatal:

    Las OSFL deben presentar una planilla de contribución sobre ingresos anual ante el Departamento de Hacienda de Puerto Rico. La planilla se utiliza para informar los ingresos, los gastos y las exenciones de la OSFL para un año fiscal determinado.

    Requisitos para la exención de la contribución sobre ingresos:

    Para obtener la exención de la contribución sobre ingresos, las OSFL deben cumplir con los siguientes requisitos:

    • Estar organizada y operada exclusivamente para fines religiosos, caritativos, científicos, literarios, educativos o de beneficencia pública.
    • No tener fines de lucro.
    • No participar en actividades políticas o de cabildeo.
    • Presentar una solicitud de exención al Departamento de Hacienda de Puerto Rico.

    CRIM:

    Las OSFL están sujetas al pago del CRIM sobre la propiedad inmueble que posean. La tasa del CRIM varía según el municipio.

    Patente Municipal:

    Las OSFL están sujetas al pago de la patente municipal anual al municipio donde operan. El monto de la patente municipal varía según el municipio.

    Informe Anual:

    Las OSFL deben presentar un informe anual al Departamento de Estado de Puerto Rico. El informe debe incluir información actualizada sobre la OSFL, sus oficiales y sus actividades.

    Derecho Anual:

    Las OSFL deben pagar un derecho anual por mantener la inscripción de la OSFL en el Registro de Corporaciones.

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